El plazo de la asamblea ordinaria del fondo de empleados lo fija la ley: se reúne «dentro de los tres primeros meses del año calendario» (art. 29 del Decreto Ley 1481 de 1989). Para la ordinaria de 2027, el último día es el miércoles 31 de marzo. Lo demás (con cuántos días se convoca, por qué medio, cuándo se publica la lista de inhábiles) lo fija tu estatuto.
Esta guía es para el gerente que va a la próxima reunión de la junta directiva con una pregunta concreta: ¿qué fechas tenemos que fijar desde ya para llegar a tiempo? La respuesta es un cronograma que se arma al revés: se elige el día de la asamblea y desde ahí se cuentan hacia atrás la convocatoria, la lista de hábiles, los estados financieros y el cierre. Aquí no repetimos cómo se redacta la citación (eso está en convocatoria a la asamblea ordinaria del fondo o de la cooperativa); nos quedamos en el calendario.
Qué fecha pone la ley y cuáles pone tu estatuto
«Las reuniones de asamblea general serán ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se reunirán una vez al año, dentro de los tres primeros meses del año calendario, para el ejercicio de sus funciones regulares».
Decreto Ley 1481 de 1989, artículo 29, inciso 1.º, en el texto del artículo 10 de la Ley 2496 de 2025
La Ley 2496 de 2025 reescribió el art. 29, pero el plazo quedó igual: lo nuevo es el inciso sobre reuniones presenciales, virtuales o mixtas. Así que el 31 de marzo sale del decreto, no de una circular ni del estatuto. Tu estatuto puede ponerte una fecha más temprana, pero no una más tardía.
Casi todas las demás fechas del cronograma dependen de tu estatuto. Conviene tener esta tabla a mano cuando lo abras:
| Qué | Quién lo fija | Norma |
|---|---|---|
| Plazo de la ordinaria | La ley: dentro de los tres primeros meses del año | Art. 29 DL 1481 |
| Cierre del ejercicio | La ley: 31 de diciembre; ese día se cortan las cuentas y se elaboran el balance, el inventario y el estado de resultados | Art. 18 DL 1481 |
| Quién convoca | La ley: por regla general, la junta directiva, con fecha, hora, lugar y temario | Art. 30 DL 1481 |
| Antelación, procedimiento y medio de la convocatoria | Tu estatuto | Art. 30 DL 1481 |
| Fecha de corte de los asociados hábiles | La ley: la fecha de la convocatoria | Art. 27, parágrafo, DL 1481 |
| Forma y antelación para publicar la lista de inhábiles | Tu estatuto | Art. 30 DL 1481 |
| Presencial, virtual o mixta | Tu estatuto; la convocatoria debe informar cómo se garantiza el acceso y la participación | Art. 29 DL 1481 (texto de la Ley 2496) |
| Período de los delegados | Tu estatuto; la junta reglamenta la elección | Art. 32 DL 1481 (texto del art. 5 de la Ley 1391 de 2010) |
| Período del revisor fiscal | Tu estatuto | Art. 41 DL 1481 |
Si quieres revisar el estatuto completo frente a la ley, tema por tema, está en estatutos del fondo de empleados: qué deben regular sobre la asamblea.
Elegir el día: marzo de 2027 tiene tres días hábiles menos
El cronograma empieza por el final. Antes de hablar de estados financieros, la junta necesita fijar el día de la asamblea, porque todo lo demás se cuenta desde ahí. Tres datos del calendario de 2027 ayudan a decidir:
- El lunes 22 de marzo es festivo (San José se traslada al lunes).
- El jueves 25 y el viernes 26 son Jueves y Viernes Santo. Esa semana mucha gente viaja, y el sábado 27 es Sábado Santo.
- El miércoles 31 es el último día, y cae en día laboral.
Por eso muchos fondos miran los sábados 6, 13 y 20 de marzo. Una fecha antes de Semana Santa deja margen si algo se mueve y evita convocar a los asociados en la semana en que más viajan.
Con el día elegido, la fecha límite de la convocatoria sale de la antelación que pida tu estatuto. Tres ejemplos, contando sin el día de la convocatoria ni el de la asamblea, y sin sábados, domingos ni festivos cuando se trata de días hábiles (si tu estatuto cuenta de otra manera, se aplica el tuyo):
| Asamblea | Estatuto: 10 días hábiles | Estatuto: 15 días hábiles | Estatuto: 15 días calendario |
|---|---|---|---|
| Sábado 13 de marzo | Convocar a más tardar el viernes 26 de febrero | Viernes 19 de febrero | Jueves 25 de febrero |
| Sábado 20 de marzo | Viernes 5 de marzo | Viernes 26 de febrero | Jueves 4 de marzo |
| Miércoles 31 de marzo | Jueves 11 de marzo | Jueves 4 de marzo | Lunes 15 de marzo |
La fecha límite no es la fecha ideal
La tabla dice el último día posible. Convocar unos días antes de ese límite te da espacio para corregir un error en la citación sin mover la asamblea.
El cronograma hacia atrás, mes por mes
Este es un cronograma de referencia para una asamblea el sábado 13 de marzo de 2027, con un estatuto que pide 15 días hábiles de antelación. Si tu fecha o tu estatuto son otros, mueve las filas en bloque; el orden se mantiene.
| Cuándo | Qué | Quién |
|---|---|---|
| Noviembre 2026 | Fijar la fecha y la modalidad (presencial, virtual o mixta, según lo que permita el estatuto). Leer en el estatuto la antelación, el medio de la convocatoria y los períodos de delegados, junta, comité de control social y revisor fiscal. Reservar el lugar y la logística: los sábados de marzo son la temporada alta de asambleas. | Junta directiva y gerencia |
| Diciembre 2026 | Si se eligen delegados, aprobar el reglamento de elección (art. 32). Si el período del revisor fiscal vence, pedir propuestas: la asamblea elige principal y suplente y fija su remuneración (art. 28). Avisar a los asociados la fecha probable de la convocatoria. El jueves 31 cierra el ejercicio (art. 18). | Junta y gerencia |
| Enero 2027 | Preparar los estados financieros de 2026. La revisoría fiscal hace su trabajo y prepara el dictamen. Cada órgano arma su informe para la asamblea: junta, gerencia y comité de control social. Si hay delegados, elegirlos entre enero y febrero. | Gerencia, contabilidad, revisor fiscal |
| Hasta mediados de febrero | La junta revisa los estados financieros y el proyecto de distribución de excedentes, el texto de una reforma de estatutos si la hay y el proyecto de reglamento de la asamblea. Con eso cierra el temario. | Junta directiva |
| Viernes 19 de febrero | Último día para la convocatoria en este ejemplo: fecha, hora, lugar, temario y, si es virtual o mixta, los mecanismos de acceso y participación (arts. 29 y 30). Ese día se fija quién es hábil (art. 27, parágrafo). | Junta directiva |
| 22 de febrero a 5 de marzo | El comité de control social, o el revisor fiscal si no hay comité, verifica la lista de hábiles e inhábiles, y la relación de inhábiles se publica en la forma y con la antelación del estatuto (art. 30). Inscripción de planchas, si el estatuto la pide. | Comité de control social o revisor fiscal |
| 8 a 12 de marzo | Lista definitiva de hábiles cargada en el registro, quórum calculado, orden del día con las decisiones del 70 % puestas temprano y prueba de la votación. | Gerencia y secretaría |
| Sábado 13 de marzo | Asamblea. Si se va a votar la comisión de verificación del acta, se elige allí (art. 28). | Asamblea |
| Después | Acta con lo que exige el art. 38 y firma del presidente y el secretario. | Secretaría y comisión del acta |
Tres filas de la tabla tienen una regla detrás que conviene conocer:
- Excedentes. Desde la Ley 2496 de 2025, el art. 19 pide destinar como mínimo el 20 % a la reserva de protección de los aportes sociales y como mínimo el 10 % al fondo de desarrollo empresarial solidario; el remanente va a los fondos sociales que dispongan el estatuto o la asamblea. El proyecto que lleva la junta debe salir con esas cuentas hechas. El detalle está en la Ley 2496 de 2025, artículo por artículo.
- Reglamento de la asamblea y comisión del acta. El art. 28, en el texto de la Ley 2496, incluye entre las funciones de la asamblea aprobar su propio reglamento y elegir de su seno la comisión de verificación y aprobación del acta, cuando haya lugar. Si llevas el proyecto de reglamento listo, la asamblea arranca con reglas claras desde el primer punto.
- Las decisiones del 70 %. La reforma de estatutos y las contribuciones obligatorias requieren el 70 % de los presentes; la fusión, la escisión, la incorporación, la transformación, la disolución y la liquidación, el 70 % de los hábiles o delegados convocados (art. 34, texto del art. 6 de la Ley 1391 de 2010). Ponerlas al comienzo del orden del día, cuando la asistencia es más alta, ayuda a contar bien.
La fecha de corte de la lista de hábiles es la convocatoria
«Son asociados hábiles para efectos del presente artículo, los inscritos en el registro social que en la fecha de la convocatoria no tengan suspendidos sus derechos y se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el fondo de empleados».
Decreto Ley 1481 de 1989, artículo 27, parágrafo
Es el dato del cronograma que más conversaciones ahorra. La ley no dice «el día de la asamblea» ni «la fecha que fije la junta»: dice la fecha de la convocatoria. El asociado que se pone al día después de esa fecha no entra en la lista de hábiles para esa asamblea.
De ahí salen dos ideas prácticas:
- Avisar antes de convocar. Un mensaje en enero a los asociados con obligaciones pendientes («la convocatoria sale hacia el 19 de febrero; ese día se define quién vota») les da tiempo de ponerse al día. Es la forma más amable de tener más hábiles en la sala.
- Fecha de convocatoria clara. Si la citación se publica por varios medios en días distintos, deja escrito en el acta de junta cuál es la fecha de la convocatoria. Esa es la que vale para el corte.
Después viene la verificación, que la ley le asigna a un órgano distinto de la gerencia:
«El comité de control social, y si no hubiere, el revisor fiscal verificará la lista de asociados hábiles e inhábiles. La relación de estos últimos será publicada para conocimiento de los afectados, en la forma y con la antelación que dispongan los estatutos».
Decreto Ley 1481 de 1989, artículo 30, inciso 4.º
En el cronograma, esa verificación necesita su propia fecha, y la publicación de inhábiles otra. Si el estatuto no dice con cuánta antelación se publica, es un buen punto para que la junta lo reglamente antes de la convocatoria. Qué más hace ese comité está en comité de control social en el fondo de empleados.
Si el fondo sesiona por delegados
Con delegados, el cronograma tiene una elección antes de la asamblea, y esa elección tiene su propio calendario: reglamento, lista de hábiles para votar, inscripción, votación y publicación de los elegidos. El número de delegados no puede ser menor de 20, su período lo fija el estatuto y el procedimiento de elección lo reglamenta la junta directiva «en forma que garantice la adecuada información y participación de los asociados» (art. 32, en el texto del art. 5 de la Ley 1391 de 2010).
Lo práctico: si el período de los delegados actuales vence antes de marzo, la elección va en enero o febrero, y el reglamento tiene que estar aprobado en diciembre. El paso a paso, con su propio calendario, está en asamblea de delegados en un fondo o una cooperativa: cuándo procede y el mínimo de 20.
Si el 31 de marzo se acerca
Pasa más de lo que se dice: el dictamen llega tarde, un miembro de junta viaja, el salón se cae. Antes de mover fechas, conviene saber qué dice la norma sobre ese escenario:
«Los estatutos del fondo de empleados consagrarán el procedimiento para efectuar la convocatoria, su antelación y su medio de divulgación, y cómo debe procederse cuando la junta directiva no convoque la asamblea general ordinaria dentro del plazo fijado por el presente Decreto, o desatienda la solicitud de convocatoria a la asamblea extraordinaria».
Decreto Ley 1481 de 1989, artículo 30, inciso 3.º
Así lo leemos: el decreto no trae una prórroga del plazo; le encarga al estatuto decir qué pasa si la junta no convoca a tiempo. Por eso la pregunta útil para la junta no es «¿podemos hacerla en abril?», sino «¿qué dice nuestro estatuto y qué tenemos que hacer para no llegar ahí?». Ante un caso concreto, lo prudente es revisarlo con el asesor jurídico del fondo.
La forma más sencilla de no llegar ahí es la del cronograma: fecha antes de Semana Santa, convocatoria unos días antes del límite y la logística reservada desde noviembre. Si tu ordinaria va a tener también asuntos que no pueden esperar a marzo, revisa asamblea ordinaria y extraordinaria: diferencias.
Lista para la reunión de junta
9 preguntas para fijar el cronograma de 2027
- ¿Qué día será la asamblea, y está antes de la Semana Santa (25 y 26 de marzo)?
- ¿Con cuántos días de antelación pide el estatuto convocar, y son hábiles o calendario?
- ¿Cuál es, entonces, la fecha de la convocatoria, y quedará escrita en el acta de junta?
- ¿Por qué medio sale la citación, y el estatuto permite la modalidad que queremos (presencial, virtual o mixta)?
- ¿Cuándo verifica el comité de control social la lista de hábiles e inhábiles, y dónde y con qué antelación se publica la de inhábiles?
- ¿Vence este año el período de los delegados, de la junta, del comité de control social o del revisor fiscal?
- ¿En qué fecha entregan contabilidad los estados financieros y la revisoría fiscal su dictamen?
- ¿Hay reforma de estatutos u otra decisión del 70 % en el temario?
- ¿Están reservados el lugar, el registro y la votación para esa fecha?
Con esas nueve respuestas, el cronograma deja de ser una idea y se vuelve un calendario que la junta aprueba en una sola sesión.
Preguntas frecuentes sobre el plazo de la asamblea ordinaria del fondo
¿Hasta cuándo hay plazo para la asamblea ordinaria del fondo de empleados?
Dentro de los tres primeros meses del año calendario (art. 29 del Decreto Ley 1481 de 1989, en el texto de la Ley 2496 de 2025). Para la ordinaria de 2027, el último día es el miércoles 31 de marzo. El estatuto puede fijar una fecha más temprana.
¿Con cuántos días de anticipación se convoca la asamblea ordinaria del fondo?
Con la anticipación prevista en los estatutos. El Decreto Ley 1481 no fija un número de días: el art. 30 le encarga al estatuto el procedimiento, la antelación y el medio de divulgación de la convocatoria.
¿Quién convoca la asamblea ordinaria del fondo de empleados?
Por regla general, la junta directiva, que en la citación determina fecha, hora, lugar y temario (art. 30 del Decreto Ley 1481 de 1989). Si la asamblea es virtual o mixta, la convocatoria debe informar los mecanismos que garantizan el acceso a la información y la participación de todos los convocados (art. 29).
¿En qué fecha se define quién es asociado hábil?
En la fecha de la convocatoria. Son hábiles los inscritos en el registro social que en esa fecha no tengan suspendidos sus derechos y estén al corriente en sus obligaciones con el fondo (art. 27, parágrafo, del Decreto Ley 1481 de 1989).
¿Quién verifica la lista de asociados hábiles e inhábiles del fondo?
El comité de control social y, si no lo hay, el revisor fiscal. La relación de inhábiles se publica para conocimiento de los afectados, en la forma y con la antelación que dispongan los estatutos (art. 30 del Decreto Ley 1481 de 1989).
¿Qué pasa si la junta no convoca la ordinaria dentro del plazo?
El art. 30 del Decreto Ley 1481 de 1989 le encarga a los estatutos establecer cómo debe procederse cuando la junta directiva no convoca la asamblea ordinaria dentro del plazo. La respuesta para cada fondo está en su estatuto; ante un caso concreto, conviene revisarlo con el asesor jurídico.
¿Ya tienes la fecha de la ordinaria 2027?
Llega al día con la lista de hábiles cargada, cada asociado registrado por su documento, el quórum a la vista en cada momento y una votación electrónica que cuenta cada voto, y sal con el soporte de cada votación para el acta.
Conclusión
El plazo de la asamblea ordinaria del fondo lo pone la ley: dentro de los tres primeros meses del año, es decir, a más tardar el miércoles 31 de marzo de 2027. Todo lo demás se cuenta hacia atrás desde el día que elija tu junta: la convocatoria, con la antelación que pida el estatuto (esa misma fecha fija quién es hábil); la verificación de la lista por el comité de control social; los estados financieros y el dictamen; y el cierre del 31 de diciembre. Si esas fechas quedan aprobadas en noviembre, marzo se dedica a lo que importa: una asamblea que decide con calma.
Si quieres ver cómo se prepara el día de la asamblea de un fondo, con registro, quórum y votación, está en asambleas para fondos de empleados. Fondos como FONCOLI, FEDI y el Fondo de empleados del Colegio Andino han hecho sus asambleas con el equipo de CLICK, que suma más de 1.000 asambleas desde 2019.
¿Qué fecha está mirando tu junta para la ordinaria y cuántos asociados hábiles esperas? Cuéntanos eso y lo vemos contigo. Por WhatsApp 315 995 3357 o a comercial@asambleas.click.
Para seguir: si en tu entidad también hay una cooperativa, sus reglas de quórum y voto son otras y están en asamblea cooperativa: quórum, un asociado un voto y por qué no hay poderes; y la citación, con un modelo para copiar, en convocatoria a la asamblea ordinaria del fondo o de la cooperativa.