Hay una pregunta que nos llega mucho por estos días, cuando el borrador del presupuesto ya está abierto en el Excel: «meter la votación electrónica al presupuesto de 2027, ¿necesita el 70%?». La respuesta corta es tranquilizadora: no. Un rubro que va dentro del presupuesto anual viaja con el presupuesto y se aprueba con la mayoría de siempre. Aquí está el porqué, con los artículos en la mano, y lo que sí mueve la aguja para que ese renglón sobreviva a la revisión del consejo.

Es una confusión honesta y muy extendida. Como el 70% suena a «lo serio», mucha gente asume que cualquier cosa nueva o que huela a tecnología pasa por ahí. No funciona así, y saberlo te ahorra la peor versión de esta historia: llegar a marzo con la reunión encima y sin partida, resolviendo a las carreras algo que en octubre se dejaba escrito en dos líneas.

½+1
quórum decisorio: mitad más uno de los coeficientes representados (art. 45)
10
asuntos taxativos que exigen el 70% (art. 46)
15
días calendario mínimos para convocar la ordinaria (art. 39)
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Qué aprueba la asamblea cuando aprueba el presupuesto

El reparto de papeles está escrito y juega a tu favor. El artículo 51 de la Ley 675 de 2001 pone entre las funciones del administrador someter a aprobación de la asamblea «un presupuesto detallado de gastos e ingresos correspondientes al nuevo ejercicio anual, incluyendo las primas de seguros». El artículo 38 le da a la asamblea la función de aprobar o improbar ese presupuesto y de fijar, con fundamento en él, las cuotas para atender las expensas.

Traducido al Excel que tienes abierto: el borrador es tuyo y la decisión es de ellos. Y lo que se somete a votación no es cada renglón por separado, sino el presupuesto completo. El rubro de la votación no se vota suelto: viaja adentro.

Un respaldo reciente que casi nadie está usando

La Circular Externa Conjunta 028 de 2026 del Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (marzo de 2026) lo dice con todas las letras: «la determinación del valor de las cuotas de administración y sus incrementos es una competencia exclusiva de la Asamblea General de Copropietarios», y «cualquier ajuste… deberá estar sustentado en el presupuesto aprobado por la Asamblea General o en lo dispuesto en el reglamento». Un matiz de honestidad: la circular dice de sí misma que se expide con fines informativos, así que no crea obligaciones nuevas ni deroga tu reglamento. Sirve como respaldo del método, no como norma nueva.

Si quieres la foto completa de la partida —los otros diecisiete renglones que suelen olvidarse, del salón al refrigerio—, la trabajamos en detalle en la lista completa de rubros de la asamblea para 2027. Aquí nos quedamos en uno solo, el de la votación, porque es el que más dudas legales levanta.

Y si la asamblea de tu conjunto va a ser virtual o híbrida, ese renglón se dimensiona distinto: en cuánto presupuestar la asamblea virtual o híbrida de 2027 están las variables que mueven el valor y una hoja de trabajo para pedir cotizaciones comparables.

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Con qué mayoría se aprueba: el artículo 45, no el 46

Aquí está el corazón del asunto, y conviene separar tres cosas que se confunden todo el tiempo:

ConceptoQué esCuánto
Quórum deliberatorioCuánto tiene que haber en la sala (o conectado) para que la reunión pueda sesionarMás de la mitad de los coeficientes
Quórum decisorioCon cuánto se toma una decisión ordinaria, como aprobar el presupuestoMitad más uno de los coeficientes representados en la sesión
Mayoría calificadaSolo para una lista cerrada de asuntos del artículo 4670% de los coeficientes del conjunto

El detalle que más alivio produce cuando se explica bien: el quórum decisorio del artículo 45 se calcula sobre los coeficientes representados en la reunión, no sobre el total del edificio. Ejemplo de conjunto normal en Bogotá: 180 apartamentos, y a la asamblea llega el 62% de los coeficientes. La reunión puede sesionar, y el presupuesto se aprueba con la mitad más uno de ese 62% que está presente, no con el 70% de todo el conjunto.

Un extra del mismo artículo 45 que vale oro en conjuntos antiguos

Si el reglamento de tu copropiedad exige mayorías superiores al 70% para algo, esa exigencia se entiende por no escrita, salvo para la extinción de la propiedad horizontal. Muchos reglamentos de los años noventa traen quórums imposibles que en la práctica paralizaban la asamblea: hoy no se aplican.

Si tu conjunto es de vivienda, el voto por coeficiente aquí no tiene discusión

La Corte Constitucional, en la Sentencia C-522 de 2002 (10 de julio de 2002, M.P. Jaime Córdoba Triviño), declaró exequible el voto por coeficiente del artículo 37 «en el entendido que cuando se trate de inmuebles destinados a vivienda, el voto de cada propietario equivaldrá al porcentaje de coeficiente de propiedad del respectivo bien privado, sólo para las decisiones de contenido económico conforme a lo expresado en la parte motiva de la sentencia». Un presupuesto es, por definición, una decisión de contenido económico: aquí se vota por coeficiente y punto. Donde sí hay que hacer la distinción es en los puntos no económicos del orden del día, que en vivienda se cuentan como un voto por unidad privada.

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Cuándo sí aparece el 70% (y por qué tu rubro no está ahí)

El artículo 46 reserva la mayoría del 70% para una lista cerrada de diez asuntos: reforma del reglamento, desafectación de bienes comunes, cambio de destinación, disolución y liquidación, adquisición de inmuebles y unos pocos más. Dos de esos diez son los que se confunden con el presupuesto, así que conviene leerlos despacio:

  • Las expensas extraordinarias cuya cuantía total, durante la vigencia presupuestal, supere cuatro veces las expensas necesarias mensuales. Ojo con la palabra total: es el acumulado del año, no una cuota suelta.
  • Las expensas no necesarias.

El disparador no es la tecnología ni que el rubro sea nuevo: es la naturaleza del gasto y la vía por la que se financia. La logística de la asamblea sirve a la reunión que la misma ley obliga a celebrar cada año, así que se sustenta como expensa necesaria y viaja con el presupuesto ordinario. Lo que sí cambia de regla es financiarla después con una cuota extraordinaria —ahí se mira el acumulado del año contra el umbral— o meter en el mismo renglón una mejora, como remodelar el salón o un gimnasio nuevo, que no se vuelve necesaria por estar presupuestada. Por eso presupuestarlo en septiembre u octubre no es solo orden administrativo: es, sencillamente, el camino más corto.

Calcula tu umbral de las cuatro veces

Escribe cuánto suma al mes el gasto necesario de tu copropiedad (el total mensual del presupuesto ordinario, no la cuota de un apartamento).


El 70% como blindaje: se puede, pero es tu decisión, no un peaje

Algunos consejos piden que el rubro quede aprobado con el 70% «por si acaso». Se puede hacer y no tiene nada de malo: dejar una decisión con más respaldo del que la ley exige es una forma legítima de tranquilidad. Lo que no hay que creer es que sin ese 70% el rubro sea inválido. No lo es.

Y una honestidad que preferimos decirte antes de que te sorprenda en la reunión: la ley no trae una lista de qué gasto es «necesario» y cuál no. Si alguien abre esa discusión en tu asamblea, la salida no es correr por el 70%, es el sustento: cotización con fecha, alcance escrito y la razón de fondo —ese gasto sirve a la reunión que la misma ley obliga a hacer cada año—. Y decimos las cosas como son: en un caso concreto esa frontera es interpretación, no una etiqueta automática. Si el consejo prefiere dormir tranquilo, ahí está el blindaje voluntario que describimos arriba: no es obligatorio, pero si lo quieren, pueden.

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El texto del rubro, listo para copiar

Los rubros que sobreviven al recorte tienen tres cosas: nombre por función y no por marca, alcance en la misma línea, y fecha de la cotización que lo sustenta. Este es el párrafo que usamos nosotros. Completa los espacios en blanco y pégalo en tu presupuesto:

Logística de votación para la asamblea ordinaria de 2027. Incluye controles de votación configurados por coeficiente según la base de propietarios, registro de asistencia y quórum en tiempo real, operador técnico en sitio durante toda la reunión, prueba de votación previa a la instalación e informe de resultados punto por punto para anexar al acta. Estimado con cotización de proveedor del __ de __________ de 2026, vigente por __ días. Valor proyectado: $__________ (una reunión ordinaria; las extraordinarias se estiman aparte).

Fíjate en el último paréntesis, que es el que más dolores de cabeza evita: dejar dicho que el valor cubre una reunión ordinaria. Si en junio aparece una extraordinaria por una obra, nadie podrá decir que ya estaba presupuestada.

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Qué pedir en la cotización para poder comparar de verdad

El problema de pedir «una cotización de votación electrónica» es que vuelven tres números que no comparan lo mismo. Pide que cada propuesta responda estos nueve puntos y el cuadro comparativo se arma solo:

  • Cuántos controles se entregan y con qué criterio (por unidad privada, por documento de identidad o por coeficiente).
  • Quién carga la base de propietarios y los coeficientes, y con cuántos días de anticipación.
  • Si hay operador técnico en sitio durante toda la reunión o solo entrega de equipos.
  • Si incluye una prueba de votación antes de instalar la asamblea.
  • Cómo se reporta el quórum en tiempo real y cómo se registra su continuidad durante la reunión.
  • Qué entregan al final: informe de resultados punto por punto, en qué formato y en cuánto tiempo.
  • Si el sonido, las pantallas y la proyección de resultados van incluidos o se cotizan aparte.
  • Qué pasa si falla el internet o la energía (plan B escrito, no verbal).
  • IVA, transporte, horas adicionales si la reunión se alarga y vigencia de la cotización.

Para poner una cifra que no sea cero ni un invento: las páginas públicas de proveedores del sector publicaban en septiembre de 2026 precios desde unos $800.000 para la votación remota sola y hasta cerca de $5.000.000 para una reunión mixta completa. Es un rango de orden de magnitud para que el renglón no quede en blanco, no una tarifa. Qué mueve el número dentro de ese rango lo desglosamos en las variables que determinan el precio de la votación electrónica en Bogotá, y la cantidad de equipos la puedes estimar con la guía de cuántos controles necesita un conjunto de tu tamaño.

Si quieres ver cómo queda todo junto —controles configurados por coeficiente, quórum en vivo y el informe que se anexa al acta—, eso es exactamente nuestra votación electrónica para asambleas en Bogotá.

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La cuenta hacia atrás del calendario

Empecemos por ser honestos con un dato: ninguna norma fija el mes en que se redacta el borrador del presupuesto. Lo que sí se puede reconstruir es la cuenta hacia atrás, y esa sí está en la ley.

El artículo 39 manda que la asamblea ordinaria se reúna por lo menos una vez al año, dentro de los tres meses siguientes al vencimiento de cada período presupuestal, salvo que el reglamento señale otra fecha. Y la convocatoria debe salir con no menos de quince días calendario de antelación —calendario, no hábiles: ese es el error de conteo más frecuente del sector—. Si tu período cierra el 31 de diciembre, la reunión cae entre enero y marzo, el citatorio sale a mediados de febrero como muy tarde para una asamblea de comienzos de marzo, y la decisión de contratar es anterior a eso. Cuando la cuenta se hace así, se ve por qué el renglón se juega ahora y no en febrero.

Para no contar días a mano, tenemos publicada una calculadora de plazos de convocatoria: le pones la fecha de la asamblea y te devuelve el último día para enviar el citatorio.

Y si no se convoca a tiempo, la ley tiene su propio plan

El artículo 40 prevé la reunión por derecho propio: si no se convoca, la asamblea se reúne el primer día hábil del cuarto mes siguiente al vencimiento del período presupuestal, a las 8:00 p.m. La ley no dice «abril»: abril es el resultado cuando el período cierra el 31 de diciembre. Es una red de seguridad, no un plan: a esa reunión se llega sin haber podido organizar nada.

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Preguntas que nos hacen seguido

¿Puedo dejarlo como «logística de asamblea», sin desglosar?
Puedes, y la ley no te obliga a más detalle del que traiga tu formato. Pero el rubro agregado es justo el que el consejo recorta primero, porque nadie sabe qué hay adentro. Una línea con alcance escrito se defiende sola.

¿Y si la asamblea me recorta el rubro de todas formas?
Queda constancia de que se presentó sustentado, y esa constancia es tuya. Además te deja un plan B razonable: llegar a la reunión con un alcance más corto y decidido, en vez de improvisar en marzo.

¿Sirve igual si la asamblea de 2027 va a ser virtual o híbrida?
Sí, aunque el rubro cambia de forma: pesan menos los equipos en sala y más la plataforma, el registro de identidad de los participantes y la constancia de continuidad del quórum durante la reunión. Lo explicamos en la página de asambleas virtuales e híbridas.

¿Necesito el 70% si la asamblea es de segunda convocatoria?
No para aprobar el presupuesto. En segunda convocatoria presencial se decide con cualquier número plural de propietarios, salvo que el reglamento diga otra cosa; los asuntos del artículo 46 solo se pueden tomar allí si se obtiene esa mayoría del 70%. Lo desarrollamos en qué se puede decidir en segunda convocatoria.

¿Esto cambia con la reforma a la Ley 675 que está en el Congreso?
Hoy no cambia nada. Hay proyectos en trámite, pero ninguno es ley: siguen rigiendo el artículo 39 para la convocatoria, el 45 para el quórum y el 46 para el 70%. Cuando se mueva de verdad, te lo contamos.

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Conclusión

El rubro de votación electrónica dentro del presupuesto anual no necesita el 70%: se aprueba con el presupuesto, por la mayoría del artículo 45. El 70% del artículo 46 está reservado a diez asuntos taxativos, y el que más se parece al tuyo se activa por las expensas extraordinarias que superan, en toda la vigencia, cuatro veces las expensas necesarias mensuales.

Así que lo que decide el resultado no es una mayoría especial: es que el renglón esté escrito, con alcance y con una cotización con fecha detrás. Eso se hace ahora, en el borrador, y se cobra solo en marzo —cuando la reunión sale bien y los aplausos son tuyos—.

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