La asamblea terminó bien. Se llenó el salón, la gente votó, los puntos salieron. Y entonces empieza la parte que nadie filma: redactar el acta. Abres el cuaderno de la secretaria, encuentras "punto 5: aprobado por amplia mayoría", y te toca reconstruir con quién estaba, cuánto coeficiente había en el salón a esa hora y cuántos votaron a favor. Dos semanas después sigues persiguiendo firmas. Ese trabajo —no el del día de la asamblea— es el que se lleva tus noches, y es exactamente el que desaparece cuando la votación deja un rastro escrito.

Aquí no vamos a explicar otra vez qué es un clicker; eso ya lo contamos en cómo funciona un control de votación en la mano del copropietario. Vamos a hablar de lo que queda después de apretar el botón: el reporte de resultados. Qué debe traer, cómo se lee, en qué encaja con la Ley 675 y cómo se usa para que el acta se firme el mismo día en vez de tres semanas después. Es la parte menos glamorosa del servicio y, para quien administra, la más útil.

Art. 47
el acta debe indicar
"los votos emitidos en cada caso"
Mitad + 1
de los coeficientes representados
en la sesión (art. 45)
20 días
hábiles: el tope legal del acta,
no la meta a la que aspiras

1. Lo que la ley pide que quede escrito (y de dónde sale cada dato)

Empecemos por el texto, porque es más exigente de lo que la costumbre sugiere. El artículo 47 de la Ley 675 de 2001 dice que las decisiones de la asamblea se harán constar en actas firmadas por el presidente y el secretario, en las cuales deberá indicarse si la reunión es ordinaria o extraordinaria, además la forma de la convocatoria, el orden del día, el nombre y la calidad de los asistentes, su unidad privada y su respectivo coeficiente, y los votos emitidos en cada caso.

Lee otra vez la última parte: los votos emitidos en cada caso. No dice "el resultado de la asamblea". Dice caso por caso. Y antes pidió el coeficiente de cada asistente. Es decir, la ley ya asumía en 2001 que de una asamblea sale un registro detallado, punto por punto y coeficiente por coeficiente. Lo que cambió no es la exigencia: es de dónde sacas los números.

Lo que exige el art. 47 Sin sistema de votación Con votación electrónica
Nombre y calidad de los asistentes (propietario o apoderado) Planilla de firmas que después alguien transcribe a mano Sale del registro de entrada, ya digitado y asociado a cada control entregado
Unidad privada y coeficiente de cada uno Se cruza con el listado de coeficientes en Excel, después de la reunión Cada control queda configurado con la unidad y su coeficiente antes de empezar
Los votos emitidos en cada caso Lo que alcanzó a anotar la secretaria mientras contaba manos Un bloque por punto, cerrado y con hora, impreso al terminar cada votación
Orden del día y forma de la convocatoria Se copia de la convocatoria enviada Igual, pero cada punto del reporte ya viene rotulado con su numeral del orden del día

El cambio de mentalidad

La votación electrónica no se contrata para que la gente vote más rápido. Se contrata para que al final del día tengas escrito lo que la ley pide que esté escrito. La velocidad es el efecto secundario; el documento es el producto.

2. Anatomía del reporte: qué debe traer cada punto

Un reporte serio no es una hoja con el total de la asamblea. Es un bloque por cada punto sometido a votación, y cada bloque debería contener siete datos. Si tu proveedor te entrega menos, te está entregando un resumen, no un soporte:

Así se ve, con cifras de ejemplo, un punto ordinario en un conjunto de 180 apartamentos:

Punto 5 · Aprobación del presupuesto para la vigencia 2027 Coeficiente Unidades
Coeficiente presente al abrir la votación (7:41 p. m.)63,4180 %114
A favor41,2065 %74
En contra18,7702 %34
En blanco3,4413 %6
Mayoría exigida (mitad más uno de los coeficientes representados, art. 45)> 31,7090 %
ResultadoAprobado con el 41,2065 % de los coeficientes representados

Esa tabla no la escribe nadie a mano al día siguiente: sale del sistema a los pocos segundos de cerrar el punto, se proyecta en pantalla para que la asamblea la vea, y queda impresa. La secretaria no está calculando: está redactando. Si quieres ver el detalle de cómo se pondera cada voto antes de llegar a esta tabla, lo desglosamos en el conteo de votos por coeficiente, paso a paso.

El reporte también sirve cuando el punto NO pasa

Otro caso, también con cifras de ejemplo: se somete una reforma del reglamento, que exige el 70% de los coeficientes (art. 46). El tablero muestra 58,9% a favor. En ese instante, delante de todos, queda claro que el punto no alcanzó la mayoría y por qué. Nadie se va a la casa creyendo que se aprobó, y el acta lo registra con la cifra exacta. Discutir con un número proyectado en pantalla es muchísimo más fácil que discutir con "a mí me pareció que ganamos".

3. Quórum y mayoría: dos cifras distintas que el reporte no debe mezclar

Esta es la confusión más común del sector, y vale la pena dejarla clara porque el reporte tiene que reflejarla bien:

🚪
Quórum = asistencia

Según el art. 45, la asamblea delibera con un número plural de propietarios que represente más de la mitad de los coeficientes. Es quién está.

Mayoría ordinaria = decisión

Las decisiones se toman con el voto favorable de la mitad más uno de los coeficientes representados en la sesión (art. 45): más de la mitad de lo que hay en el salón, no del total del conjunto.

Mayoría calificada = 70%

Solo para los diez asuntos del art. 46 (reforma del reglamento, desafectación, expensas extraordinarias por encima del tope, entre otros). Se mide sobre coeficientes, y es la excepción, no la regla.

Un buen reporte muestra las tres cosas por separado: cuánto coeficiente había, cuánto exigía ese punto en particular y cuánto se obtuvo. Cuando las tres cifras conviven en la misma hoja, redactar el acta deja de ser interpretación y pasa a ser transcripción. Así es como lo montamos nosotros en cada asamblea: puedes ver cómo operamos la votación electrónica en asambleas de Bogotá, desde la configuración de coeficientes hasta la entrega del soporte.

Un dato del art. 45 que casi nadie usa

El mismo artículo 45 señala que no se pueden exigir mayorías superiores al 70% —salvo para la extinción de la propiedad horizontal— y que las mayorías mayores previstas en los reglamentos se entenderán por no escritas. Si el reglamento de tu copropiedad pide el 80% para algo, esa exigencia se tiene por no escrita y la decisión se toma con el 70%, que es la mayoría calificada que fija la ley. Vale la pena tenerlo presente antes de armar el orden del día, para no ponerle a la asamblea una barrera que la ley no le puso.

Y una precisión sobre el 70% que conviene tener antes de programar la reunión: el parágrafo del art. 46 dice que esas decisiones no pueden tomarse en reuniones no presenciales, ni en segunda convocatoria "salvo que en este último caso se obtenga la mayoría exigida por esta ley". O sea: en una segunda convocatoria presencial sí se pueden tomar, si allí se alcanza el 70%. En 100% virtual, no. Es una restricción de modalidad, no del sistema de votación: los controles cuentan igual de bien, pero el punto tiene que estar programado donde la ley permite decidirlo.

4. El detalle que casi nadie configura: en vivienda no todo se cuenta por coeficiente

Aquí hay una sutileza que separa un sistema bien configurado de uno que solo suma. El artículo 37 de la Ley 675 establece que el voto de cada propietario equivale al porcentaje de su coeficiente. Pero la Corte Constitucional, en la Sentencia C-522 de 2002, lo declaró exequible de forma condicionada: en inmuebles destinados a vivienda, el voto equivale al coeficiente solo para las decisiones de contenido económico, conforme a lo expresado en la parte motiva de la sentencia. Y la Sentencia C-738 de 2002 extendió ese condicionamiento al artículo 45, es decir, también al quórum.

Traducido a tu asamblea: en un conjunto residencial, una misma reunión puede llevar dos conteos. La aprobación del presupuesto o de una cuota extraordinaria es contenido económico y se pondera por coeficiente. Un punto de convivencia sin impacto económico directo se cuenta con el criterio de una unidad, un voto. La Corte no dio una lista taxativa de qué es "contenido económico" —los ejemplos que circulan salen de la parte motiva y se citan como ejemplos, no como clasificación legal—, así que la decisión de cómo se vota cada punto se toma al armar el orden del día, con el reglamento en la mano.

Qué preguntarle al proveedor

"¿El sistema se puede configurar punto por punto para contar por coeficiente en unos y por unidad en otros, y el reporte muestra las dos cifras?" Si la respuesta es que "siempre cuenta por coeficiente", el equipo funciona, pero te va a tocar hacer a mano la parte que la Corte distinguió. En conjuntos de tipo mixto —vivienda y comercio— la misma sentencia pide hacer la distinción al momento de votar, así que la configuración importa todavía más.

5. El quórum se mueve durante la asamblea (y el reporte lo sabe)

A las 7 de la noche hay 68% de coeficientes. A las 9, cuando se vota el último punto, quedan 54%. Es normal: la gente se va. Lo que no es normal es escribir en el acta un solo número de quórum —el de la instalación— y aplicarlo a decisiones que se tomaron dos horas después. Como la mayoría ordinaria se calcula sobre los coeficientes representados, el denominador cambia con la asistencia, y por eso el reporte marca el coeficiente presente en el momento de cada votación. Cada punto queda con su propia foto.

En asambleas virtuales o híbridas esto pesa todavía más. El Decreto 1074 de 2015, artículo 2.2.1.16.1 —norma de sociedades que se aplica a propiedad horizontal por vía de conceptos del Ministerio de Vivienda, que son orientadores y no vinculantes— pide dejar constancia en el acta de la continuidad del quórum durante toda la reunión y verificar la identidad de quienes participan a distancia. No basta con pasar lista al principio. Un sistema que registra la asistencia por punto resuelve esa constancia sin trabajo adicional; si te interesa el detalle de cómo se suman presenciales y conectados, lo explicamos en cómo se cuenta el quórum cuando hay gente en el salón y gente conectada.

Cómo lo resolvemos en híbridas

Nuestra plataforma para asambleas virtuales e híbridas integra la videollamada, el registro, el quórum y la votación por coeficiente en una sola pantalla, de modo que el propietario que está en el salón y el que está conectado desde el trabajo entran al mismo conteo y al mismo reporte. Llevamos más de 150 asambleas virtuales e híbridas realizadas sin un solo problema técnico, y de todas salió el mismo documento: el soporte por punto.

6. Del reporte al acta, el mismo día: cómo se hace en la práctica

La Ley 675 fija plazos máximos, no mínimos. Nada te obliga a esperar. Lo que normalmente impide firmar el acta el mismo día no es la ley: es que a las 10 de la noche nadie tiene los números. Con el reporte en la mano, el flujo se ve así:

1

Antes: el acta se prellena con lo que ya sabes

Tipo de reunión (ordinaria o extraordinaria), forma de la convocatoria, fecha, lugar y el orden del día completo son datos que existen desde antes de la asamblea. Ese esqueleto se redacta el día anterior. Es aproximadamente el 40% del acta escrito antes de que llegue el primer propietario.

2

Durante: la secretaria redacta, no calcula

Cada vez que se cierra un punto, la cifra aparece en pantalla y se dicta en voz alta: "punto 5, aprobado con el 41,2065% de los coeficientes representados". La secretaria pega ese bloque en el acta y sigue con las intervenciones. La discusión —que sí exige criterio humano— recibe toda la atención, porque las sumas ya están hechas.

3

Al cierre: se lee, se aprueba y se firma

En asamblea presencial, el acta la firman el presidente y el secretario (art. 47). Si la asamblea designó una comisión verificadora de la redacción, esa comisión tiene el término que fije el reglamento y, en su defecto, 20 días hábiles. Y el administrador debe poner copia completa del texto a disposición de los propietarios en la sede de la administración, e informarlo a cada uno, dentro de un lapso no superior a 20 días hábiles desde la reunión. Ese es el techo legal; el reporte te permite apuntar mucho más abajo.

4

El reporte se anexa: el acta cita, el anexo prueba

El reporte no reemplaza el acta —el documento que la ley exige es el acta—, pero se anexa a ella. Así, el acta puede decir "aprobado con el 41,2065%" y remitir al anexo donde está el detalle con hora, coeficiente presente y desglose. Si dentro de un año alguien pide ver cómo se aprobó ese punto, la respuesta ya está escrita y no depende de la memoria de nadie.

Tres plazos que no se pueden mezclar

Presencial: el acta la firman presidente y secretario y se pone a disposición dentro de los 20 días hábiles siguientes (art. 47). No presencial: el acta la suscribe el representante legal y se comunica a los propietarios dentro de los 10 días siguientes al acuerdo (art. 44). Y los "30 días" que circulan en artículos del sector no existen en la Ley 675: son de la Ley 222 de 1995, que regula sociedades. Si alguien te los cita, ya sabes de dónde vienen.

🎙️ ¿La asamblea ya pasó y el acta sigue pendiente?

Pasa más de lo que parece, sobre todo en temporada de extraordinarias. Para eso tenemos un servicio aparte: nos mandas el audio de la reunión y te devolvemos el borrador del acta redactado el mismo día, con los datos de la copropiedad que nos entregues. No hace magia con las cifras —si nadie las contó bien, hay que reconstruirlas—, pero te quita del escritorio la parte más tediosa. ¿Prefieres ver antes cómo luce el soporte del que habla este artículo? Pídenos un reporte de resultados de ejemplo y te lo mandamos por WhatsApp.

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7. Seis preguntas para hacerle a cualquier proveedor antes de contratar

Esta lista sirve con nosotros y con cualquier otra empresa. Cópiala y mándala por correo; las respuestas te dicen más que cualquier presentación:

Pide ver un reporte real antes de firmar

Con los datos del conjunto tapados, cualquier empresa seria puede mostrarte cómo se ve su reporte. Es la forma más rápida de saber si estás contratando un servicio de votación o un alquiler de aparaticos. Nosotros te lo mandamos por WhatsApp sin que tengas que cotizar nada.

8. Preguntas frecuentes

¿Qué reporte queda después de una votación electrónica?

Uno por cada punto votado, no un total al final. Cada bloque debe traer el enunciado del punto tal como se sometió a consideración, la hora de apertura y cierre, el coeficiente presente en ese momento, los votos a favor, en contra y en blanco en coeficiente y en unidades, la mayoría exigida y la obtenida, y el resultado. Ese nivel de detalle es el que pide el artículo 47 de la Ley 675 cuando exige que en el acta consten "los votos emitidos en cada caso".

¿El reporte de votación reemplaza el acta?

No. El documento que exige la ley es el acta, firmada por el presidente y el secretario de la asamblea (art. 47) o, en reuniones no presenciales, por el representante legal y comunicada a los propietarios dentro de los 10 días siguientes (art. 44). El reporte es el soporte: alimenta el acta con las cifras ya calculadas y se anexa a ella.

¿Cuántos días hay para entregar el acta?

En la presencial, el art. 47 fija un lapso no superior a 20 días hábiles desde la reunión para que el administrador ponga a disposición de los propietarios copia completa del texto del acta en la sede de la administración e informe de ello a cada uno; si hubo comisión verificadora de la redacción, esta actúa dentro del término del reglamento y, en su defecto, dentro de esos mismos 20 días hábiles. En la no presencial, son 10 días para comunicar el acta (art. 44). Los "30 días" que circulan en el sector son de la Ley 222 de 1995 (sociedades) y no aplican a propiedad horizontal.

¿El reporte debe mostrar el quórum o la mayoría?

Los dos, porque son cifras distintas. El quórum es asistencia: el art. 45 exige un número plural de propietarios que represente más de la mitad de los coeficientes para deliberar. La mayoría ordinaria para decidir es el voto favorable de la mitad más uno de los coeficientes representados en la sesión. Y la mayoría calificada del 70% (art. 46) aplica únicamente a los diez asuntos que ese artículo enumera. Confundir quórum con mayoría es el error de redacción de actas más frecuente que vemos.

En un conjunto de vivienda, ¿todo se cuenta por coeficiente?

No necesariamente. La Corte Constitucional, en la Sentencia C-522 de 2002, condicionó el párrafo 2 del art. 37: en inmuebles destinados a vivienda el voto equivale al coeficiente solo para las decisiones de contenido económico, conforme a la parte motiva de la sentencia; la C-738 de 2002 extendió ese condicionamiento al art. 45, o sea también al quórum. La Corte no dio una lista taxativa de qué es contenido económico, así que la clasificación de cada punto se hace al armar el orden del día. En copropiedades de tipo mixto, la sentencia pide hacer la distinción al momento de votar.

¿Se puede firmar el acta el mismo día de la asamblea?

Sí. La Ley 675 fija plazos máximos, no mínimos: nada impide redactar, leer y firmar el acta esa misma noche. Lo que suele impedirlo es tener que reconstruir después cuántos coeficientes votaron cada punto. Cuando la votación deja el reporte impreso al cerrar cada punto, el acta se arma sobre datos ya calculados y se firma antes de que todos se vayan.

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Conclusión

La votación electrónica se vende con la imagen del salón lleno y el tablero en pantalla, pero su mayor valor aparece cuando ya se apagaron las luces: es el documento que queda. El artículo 47 de la Ley 675 pide desde 2001 que el acta indique el nombre y la calidad de los asistentes, su unidad privada, su coeficiente y los votos emitidos en cada caso. Cuando la asamblea vota con controles, esa lista deja de ser una tarea de fin de semana y pasa a ser un anexo que ya existe.

Quórum por un lado (art. 45), mayoría por el otro (art. 45 y art. 46), coeficiente presente en cada punto, y el acta firmada antes de salir del salón. No es una promesa de tecnología: es orden. Tú te llevas los aplausos de una asamblea que terminó con todo escrito; nosotros ponemos los equipos, el conteo y el soporte. Escríbenos por WhatsApp al +57 315 995 3357 o a comercial@asambleas.click y te mandamos un reporte de ejemplo para que veas exactamente qué recibirías.

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